El decreto modifica disposiciones constitucionales, electorales y municipales, con nuevas reglas para candidaturas, coaliciones, integración de cabildos y participación política.
También se incorporó una causal de nulidad de elecciones por intervención o injerencia extranjera que pueda influir en los resultados.
El Pleno del Congreso del Estado de San Luis Potosí aprobó un decreto que modifica diversas disposiciones de la Constitución local, la Ley Electoral del Estado, la Ley Orgánica del Municipio Libre y la Ley de Control de Confianza estatal.
Las reformas buscan armonizar la legislación local con las disposiciones federales en materia electoral y establecen cambios relacionados con la integración de los ayuntamientos, el registro de candidaturas, las coaliciones y la participación política de distintos sectores.
Entre los cambios aprobados se encuentra la reducción a una sindicatura en los ayuntamientos del estado. Asimismo, se establece el principio de paridad de género para la integración de los cabildos, los cuales estarán conformados por una presidencia municipal y regidurías de mayoría relativa y representación proporcional.
En materia de derechos político-electorales, se incorporó el reconocimiento del derecho al voto de las personas sujetas a prisión preventiva que no cuenten con una sentencia condenatoria firme.
También se fortalecen las reglas para la participación de las representaciones partidistas ante el Consejo General del Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana, además de homologar el plazo para presentar convenios de coalición. Estos deberán registrarse 30 días antes del inicio de las precampañas de la elección correspondiente.
Las personas aspirantes a cargos de elección podrán manifestar voluntariamente su disposición para someterse a evaluaciones de control de confianza ante centros acreditados. Esta decisión no será requisito de elegibilidad ni condición para obtener el registro de una candidatura.
Las reformas establecen además que los partidos políticos deberán destinar al menos 5 por ciento de su financiamiento público ordinario al liderazgo político de las mujeres y 4 por ciento al de las juventudes.
De manera adicional, el Congreso aprobó modificaciones para incorporar una nueva causal de nulidad de elecciones por intervención o injerencia extranjera que influya en los resultados electorales.
