Avanza reforma para establecer plazos al veto del Ejecutivo en San Luis Potosí

La Comisión de Puntos Constitucionales del Congreso estatal aprobó un dictamen para precisar los tiempos del Poder Ejecutivo en la publicación de leyes y decretos.
La propuesta mantiene 10 días hábiles para presentar observaciones y establece un plazo adicional de 30 días naturales para promulgar y publicar si no existe veto.

La Comisión de Puntos Constitucionales del Congreso del Estado de San Luis Potosí aprobó un dictamen que busca establecer plazos específicos para el procedimiento de observaciones del Poder Ejecutivo, conocido como veto, así como para la publicación de leyes y decretos aprobados por el Legislativo.

La iniciativa plantea modificar el artículo 67 de la Constitución Política del Estado para precisar qué ocurre después de que un proyecto aprobado por el Congreso es enviado al Ejecutivo para su sanción y publicación.

De acuerdo con la propuesta, se mantiene el plazo actual de 10 días hábiles para que el Ejecutivo formule observaciones al proyecto recibido. Si durante ese periodo no se presentan modificaciones, el Ejecutivo tendría 30 días naturales para promulgar y publicar la ley o decreto correspondiente.

En caso de que transcurra ese segundo plazo sin que se realice la publicación, el proyecto se consideraría sancionado y la Presidencia del Congreso tendría otros 10 días naturales para ordenar su publicación en el Periódico Oficial del Estado, sin requerir el refrendo del Ejecutivo.

La iniciativa fue presentada por la diputada Sara Rocha Medina y busca precisar un procedimiento que, según se expuso durante la discusión del dictamen, actualmente no desarrolla con suficiente detalle los tiempos ni las acciones posteriores a la entrega de un proyecto legislativo al Ejecutivo.

Durante la revisión también se abordó como antecedente el caso de la reforma electoral en materia de paridad, cuando el Ejecutivo realizó observaciones a un artículo transitorio y surgieron dudas sobre el alcance de la revisión que debía realizar el Congreso al recibir nuevamente el decreto.

En la discusión se explicó que el procedimiento federal limita la nueva revisión a los apartados observados, mientras que para San Luis Potosí se consideró establecer una posibilidad de análisis más amplio cuando sea necesario corregir otros aspectos del proyecto.

La propuesta también contempla incorporar este procedimiento para las reformas a la Constitución estatal. En estos casos, una vez declarada la validez de una reforma constitucional, el Congreso o la Diputación Permanente tendría 10 días naturales para enviarla al Ejecutivo para su sanción y publicación, después de cumplir previamente con los procedimientos correspondientes ante los ayuntamientos cuando sean necesarios.

El dictamen aprobado por la Comisión de Puntos Constitucionales todavía deberá ser discutido y votado por el Pleno del Congreso del Estado.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *