San Luis Potosí simplifica trámites de divorcio administrativo y reduce requisitos en el Registro Civil

Un decreto estatal contempla cambios en los procesos de divorcio administrativo, adopciones y reconocimientos, con menos documentos solicitados y tiempos de atención más cortos.
Las modificaciones entrarán en vigor después de un plazo de 20 días hábiles, por lo que las personas usuarias deberán confirmar la actualización de requisitos en cada oficialía.

San Luis Potosí aplicará cambios en diversos trámites del Registro Civil, entre ellos el divorcio administrativo, con el objetivo de reducir requisitos, agilizar la atención en ventanilla y evitar la entrega de documentos que pueden ser verificados por las propias autoridades.

Las modificaciones forman parte de un decreto publicado en el Periódico Oficial del Estado, mediante el cual se plantea una simplificación administrativa para procedimientos como adopciones, reconocimientos voluntarios, reconocimientos jurisdiccionales y divorcios administrativos.

En el caso del divorcio administrativo, la medida beneficiará a las parejas que buscan concluir el procedimiento de común acuerdo y que cumplen con las condiciones legales establecidas para realizarlo ante el Registro Civil.

Entre los requisitos que dejarían de solicitarse se encuentran el certificado médico de no gravidez, la ratificación de la solicitud y la fijación de domicilios especiales. De acuerdo con el decreto, estos documentos podían alargar el procedimiento y generar trámites adicionales para las personas solicitantes.

La reforma también contempla una reducción general de la carga regulatoria, al pasar de 28 a 23 requisitos en los trámites involucrados. Además, algunos extractos de actas podrían expedirse en un tiempo máximo de 15 minutos, mientras que otros procedimientos que anteriormente podían tardar hasta ocho días hábiles tendrían plazos de resolución más breves.

Para adopciones y reconocimientos, se busca evitar la entrega de actas de nacimiento duplicadas cuando la información ya pueda ser consultada mediante plataformas estatales.

El decreto establece un plazo de 20 días hábiles para que los cambios entren en vigor. Una vez aplicado el nuevo esquema, el personal del Registro Civil no deberá exigir documentos eliminados; en caso de hacerlo, podrían iniciarse procedimientos administrativos correspondientes.

Mientras se actualizan los requisitos en las ventanillas, se recomienda confirmar directamente con el Registro Civil qué documentos continúan vigentes y si el trámite requiere cita previa.

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